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TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LOS SERVICIOS DE SGC CONSULTORES
- Nuestras facturas se pueden pagar en un plazo de 10 días laborales, a menos que otro plazo de pago se indique en la factura o en la orden. En caso de impago en la fecha de vencimiento, SGC Consultores C.A. se reserva el derecho de solicitar un pago de intereses fijo que asciende al 10% de la suma que queda por pagar. SGC Consultores C.A. estará autorizada a suspender cualquier prestación de servicios sin previo aviso en caso de retraso en el pago.
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Si un pago sigue pendiente por más de sesenta (60) días después de la fecha límite, SGC Consultores C.A. se reserva el derecho de recurrir a los servicios de una empresa de cobro de deudas. Todos los gastos legales correrán a cargo del cliente.
- SGC Consultores C.A. se compromete a hacer todo lo posible para prestar los servicios en el plazo acordado. Sin embargo, ninguna de sus obligaciones puede considerarse como una obligación a obtener resultados. SGC Consultores C.A. no puede, en ningún caso, ser requerido por el cliente para comparecer como tercero en el contexto de un reclamo por daños presentado contra el cliente por un consumidor final.
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Para que sea admisible, SGC Consultores C.A. debe ser notificado de cualquier reclamo mediante una carta enviada por correo certificado a su oficina registrada en un plazo de 8 días desde la entrega de los bienes o la prestación de los servicios.
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Nuestras relaciones contractuales serán gobernadas exclusivamente por la legislación de Venezuela.
- Ante un eventual conflicto las partes acuerdan que cualquier controversia o reclamación que surja o se relacione con los servicios contratados a nuestra empresa, o su incumplimiento, interpretación, validez o ejecución, será sometida a los medios alternos de resolución de conflictos que ofrece el Centro de Resolución de Conflictos del Estado Carabobo, tales como mediación, facilitación, conciliación y negociación, según lo establecido en su reglamento.
- Si las partes no logran resolver su conflicto por alguno de estos medios, se comprometen a someterlo a arbitraje institucional administrado por el mismo centro, de acuerdo con su reglamento y la Ley de Arbitraje Comercial.
- El tribunal arbitral estará compuesto por tres árbitros designados conforme a los establecido en su reglamento.
- El laudo arbitral será definitivo e inapelable y tendrá fuerza ejecutiva y valor de cosa juzgada.
- Las partes renuncian expresamente a cualquier recurso contra el laudo ante los tribunales ordinarios o especiales, salvo los expresamente previstos en la Ley de Arbitraje Comercial.
- El lugar del arbitraje será la ciudad de Valencia, en la sede de la Cámara de Pequeños-Medianos Industriales y Artesanos del estado Carabobo.
- El idioma del arbitraje será el español.